EL PLENO DE LA CORPORACION MUNICIPAL DEL EXCMO. AYTO. DE TORRELAVEGA
Iván Martínez Fernández, Portavoz del Grupo Político Municipal Asamblea Ciudadana por Torrelavega (ACPT) en el Ayuntamiento, al amparo de lo dispuesto en el art. 206 del R.O.F. y R.J. de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 2568/86, de 28 de Noviembre y del art. 97.3 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local, presenta ante el pleno corporativo la siguiente MOCIÓN para su debate y posterior aprobación si procede.
MOCIÓN CONTRA EL TRATADO TRASATLÁNTICO DE COMERCIO E INVERSIÓN (TTIP) ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Tratado Trasatlántico de Comercio e Inversión (conocido como TTIP, por sus siglas en inglés) es un acuerdo económico, actualmente en proceso de negociación entre el Departamento de Comercio del Gobierno de los Estados Unidos de América y la Comisión Europea, cuya finalidad última es la creación de una gran zona económica de libre circulación de inversiones y mercancías entre EE.UU. y los Estados Miembros de la Unión Europea, reduciendo las barreras no arancelarias y uniformizando las regulaciones que afectan al funcionamiento de los flujos económicos entre EEUU y la UE, por considerarse estas normativas un obstáculo para la actividad económica de los monopolios.
Por tanto, UE y EEUU están acelerando este proceso, con el concurso de pocos pero selectos agentes negociadores y marginando a representantes políticos y entidades locales, a pesar de las grandes repercusiones que estos acuerdos pueden tener para los municipios de la UE pues representan un serio peligro para la democracia y la debida protección de los derechos laborales, medioambientales y de salud, anteponiendo el interés comercial de los inversores y empresas transnacionales (ETN) al interés general.
De acuerdo a la información que ha trascendido, en las negociaciones de los TTIP intentan incluir mecanismos de protección de las empresas (Frente a los estados y las administraciones públicas), tales como una Comisión de Arbitraje, la denominada “Investor-to-State Dispute Settlement” (ISDS), encargada de resolver los hipotéticos conflictos entre sector público y compañías privadas. Este órgano tendría competencias para establecer compensaciones económicas de los estados a los inversores siempre que estos demuestren que aquellos aplican ciertas medidas (tales como el aumento de niveles de protección ambiental) o cualquier otra circunstancia que ellos entiendan que reducen los beneficios futuros de una compañía. Cabe recurso judicial a estas decisiones pero ello podría suponer elevados costes procesales que tendríamos que asumir todos (basten como ejemplo los 22 millones de € con los que Eslovaquia ha tenido que indemnizar a una aseguradora por interrumpir el proceso de privatización sanitaria iniciado por un gobierno anterior) sin olvidar que las decisiones de los órganos de arbitraje son firmes y no pueden ser apeladas.
Así mismo, la armonización ó uniformización de los marcos legales podrían suponer una rebaja grave de las condiciones laborales de los trabajadores europeos. La legislación estadounidense en materia de seguridad en el trabajo es más indefinida y la libertad sindical se haya ampliamente restringida. Basta recordar que los EEUU no han ratificado importantes tratados internacionales sobre trabajo, tales como el “Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación” de 1.948, el “Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva” de 1949 ó el “Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación)” de 1.958. Por consiguiente, es previsible que cualquier uniformización de las normativas entre EEUU y EU resulte en un desmantelamiento de derechos sociales y laborales conquistados por la clase trabajadora europea, que redundará en un aumento de la explotación en aras de “aumentar competitividad” y la obtención de ganancias que beneficiarán a grandes corporaciones y monopolios causando mayores daños a las PYMEs, lo que conllevaría una mayor destrucción y precarización de puestos de trabajo.
Por último, uno de los objetivos de los TTIP es condicionar la legislación que puedan promulgar los Estados en materia de servicios públicos, como la sanidad, la educación, la protección de los consumidores o el medio ambiente.
En lo que se refiere a la contratación pública, el objetivo que se pretende con el TTIP es mantener el Acuerdo de Contratación Pública (GPA) de la Organización Mundial del Comercio (WTO) hasta crear un nuevo acuerdo mejorado. El GPA está siendo utilizado por la Comisión de la UE como justificación para reducir las garantías en la ley de la contratación pública. Cualquier clase de acuerdo, incluyendo la contratación pública debe conducir a aumentar las garantías y no a reducirlas ó poner en peligro aspectos positivos de la ley de contratación pública de la UE, es decir, los que facilitan el desarrollo regional y local, pues permiten tener en cuenta, además de los criterios meramente mercantiles, otros aspectos como los sociales y los medioambientales.
El TTIP, al perseguir la liberalización total de los servicios públicos y la apertura de prestación de los mismos a las ETN, así como el acceso a las compras y licitaciones de bienes y servicios de las Administraciones Públicas, pone en peligro todos los servicios públicos y las compras públicas, en todos los niveles de la administración, además de comprometer el nivel de competencias y de soberanía de los representantes elegidos para gestionar y administrar de forma autónoma los recursos municipales. Esta lógica desmantela los servicios públicos y suprime la libertad de la administración municipal para suministrar los servicios públicos y satisfacer las necesidades sociales de la población.
Y para finalizar, huelga recordar que las Entidades Locales, al ser la administración más próxima al ciudadano:
1.- Tienen el deber de injerencia respecto a las negociaciones de los TTIP, y un deber de respuesta, si no quieren verse acusadas de no ayudar a la población y al planeta en peligro.
2.- Son los canales adecuados para proteger el medio ambiente y promover los servicios públicos y la industria y empleo locales, que se esfuerzan para su promoción como respuesta al interés común.
3.- Están obligadas a resolver los retos sociales, económicos y medioambientales y, consiguientemente, a defender la universalidad y el carácter público de los servicios municipales.
Por todo ello, el Grupo Político Municipal de Asamblea Ciudadana por Torrelavega propone al Pleno Municipal la adopción de los siguientes ACUERDOS:
1º El Ayuntamiento de Torrelavega manifiesta su rechazo a las negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre la Unión Europea y Estados Unidos porque atenta contra los servicios públicos básicos.
2º Solicitar al Ministerio de Economía y Competitividad la suspensión inmediata de las negociaciones sobre este Tratado.
3º Dar traslado de este acuerdo a cada grupo parlamentario europeo en representación de España, al Parlamento Europeo, la Comisión Europea, el Ministerio de Economía y Competitividad, el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación y publicarlo en la web municipal.
En Torrelavega, a 26 de Diciembre de 2.014
Firmado: Iván Martínez Fernández
Concejal y portavoz de ACPT